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FALSOS DIPUTADOS A CORTES

Por JOSÉ ANTONIO CARMONA GUILLÉN

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Hace unos días oí unas declaraciones de un diputado a Cortes en las que se declaraba no español. Lo primero que uno piensa es, si no es español ¿qué hace en el Congreso de los Diputados? (Art. 6.1 de la L.O. 5/1985, Son elegibles los españoles mayores de edad que, poseyendo la cualidad de elector, no se encuentren incursos en alguna de las siguientes causas de inelegibilidad:…) Es cierto que no declaró qué nacionalidad tenía. Uno se está acostumbrando, desgraciadamente, a oír estupideces, sandeces e improperios a través de los medios de comunicación, pero que un miembro de la sede de la soberanía nacional se declare ajeno a la esencia de dicha nación ya no tiene por donde cogerse.

Todo empezó cuando a la hora de tomar posesión se permitió, y se sigue permitiendo, añadir a la formula establecida la coletilla de “por imperativo legal”, ¡toma! como todos los demás, ya que el juramento de fidelidad a la Constitución es un requisito legal para hacer efectiva la posesión del escaño, pero hay que diferenciarse... ya se sabe... en la diferencia está la superioridad.

Vamos a ver, ¿qué pasaría si la Mesa o la Presidente de la Cámara en cumplimiento de sus obligaciones le retirasen el acta de diputado? Acaso, como se ha señalado, ¿no es requisito imprescindible para aspirar al escaño el tener la nacionalidad española? Esto es aplicable también para las cámaras regionales o autonómicas, la única excepción que la ley establece es para los nacionales de países de la UE residentes en España y para las elecciones locales o municipales y al Parlamento Europeo.

Qué pasaría si el ministerio del Interior, previa denuncia ante el Tribunal de Justicia correspondiente, le retirase el pasaporte y el DNI españoles (a los que no tendría derecho según sus propias declaraciones) ¿podría residir en España? ¿Podría viajar tranquilamente por otros países ya sean éstos de la UE o de otros continentes con documentos falsos que él mismo ha solicitado y que nadie le ha impuesto? Este no español ¿tiene permiso de residencia? ¿Desde cuando? si es así ¿No habría que retirárselo?

Pero resulta que el autor de tal declaración, del que no quiero citar su nombre, es diputado ininterrumpidamente desde la octava legislatura, es decir desde el año 2004, la que nació precedida por el escándalo-terrorista del 11-M, ¿no habría que reclamarle la devolución de los emolumentos (sueldos, dietas, viajes, vivienda, informática, telefonía...) recibidos por el fraude cometido durante este período?

Pero estoy seguro que en cuantas ocasiones tenga criticará las corrupciones que otros hayan podido cometer. Y estaría no solo en su derecho sino en su obligación de hacerlo si fuera un diputado auténtico, no un falsario.

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