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CONGRESO DEL PP Y ACCIÓN DE LA JUSTICIA

Por Ramón Arenas San Martín

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El proceso de impugnación de los resultados electorales del 12º Congreso regional del Partido Popular de Cantabria continúa su inexorable marcha judicial con vista al esclarecimiento de lo realmente acontecido a lo largo del mismo, en relación con las presuntas irregularidades e ilegalidades cometidas por la candidatura de la, por ahora, nueva Presidenta.

El pasado jueves se celebró la Audiencia Previa derivada de sendas demandas acumuladas e interpuestas por D. Santiago Recio y Dª Lorena Vigil y por 3 afiliados del Partido Popular de Laredo, Mª M. Gómez, Puerto Larrañaga y Luis A. Maté.  

A dicho acto acudieron los abogados de las partes demandantes, D. Manuel Estrada Alonso y D. Enrique Fernández Ocejo, y el de la demandada, a fin de fijar el objeto del proceso y los hechos que debían ser objeto de prueba.

Llamó la atención la queja reiterada expuesta por el letrado del partido demandado en relación con el protagonismo que se pretendía dar al papel que en el conflictivo proceso electoral desempeñó el discapacitado M.L.M. a través de cuya cuenta se pagaron, en apenas 2 días, 491 cuotas de otros tantos afiliados que no se encontraban al corriente de pago, requisito preciso para poder participar en esas elecciones, por un importe ascendente a la suma de casi 9.000 €.

De hecho, fue la actual dirección regional del propio partido quien, en un comunicado de prensa del mes de mayo publicado a través de su web, manifestó que citado señor no tenía ninguna discapacidad psíquica. Sin embargo, los pasados días 20 y 21 de este mes, el equipo de investigación del periódico digital OK DIARIO publicó sendas noticias con dos vídeos donde M.L.M reconoce su discapacidad física y psíquica de un 95%; su precaria situación económica y que no sabe nada de las 491 transferencias efectuadas a través de una cuenta suya.

De hecho, el abogado de los afiliados al partido en Laredo aportó el informe del equipo de valoración de discapacidades de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria, de mayo de 1.999, que acreditaba su discapacidad síquica –retraso mental ligero- y física; prueba que, finalmente, no fue admitida por la juzgadora, al acordar que dicha persona debía acudir a declarar como testigo, pese a los denodados intentos del abogado del PP por evitar dicha prueba y sustituirla a través de una presunta declaración unilateral efectuada por MLM ante un notario de Santoña, a lo que se opusieron firmemente las defensas de los demandantes, al contravenir el principio de contradicción y el derecho de defensa y a un proceso con todas las garantías.  

La estrategia procesal del PP en todo momento ha sido intentar equiparar y hacer valer los archivos acordados a través de la jurisdicción penal con lo que es objeto de este proceso. Sin embargo, la magistrada que conoce del proceso, perteneciente a la jurisdicción civil, no aceptó el argumento evasivo y marrullero de la defensa del PP, desvinculando lo enjuiciado en la órbita penal con lo sustanciado en este proceso civil.

La magistrado-juez, tra las pruebas propuestas por las partes demandantes, ha decidido indagar sobre el origen de ese dinero y esas transferencias, la posible y prohibida cesión inconsentida de datos personales a M.L.M y la presunta infracción de la normativa estatutaria y reglamentaria del propio partido en el pago de esas cuotas y otras leyes de ámbito estatal (Ley Orgánica de Partidos Políticos y Ley Orgánica del Derecho de Asociación), algo a lo que, hasta la fecha, se habían opuesto los tribunales de lo penal. 

Por tanto, ha decidido indagar a fondo, con el fin de llegar a esclarecer las posibles irregularidades habidas durante el proceso congresual del P.P., algo que no se había conseguido hasta ahora en vía penal.

El PP tendrá que rendir debida cuenta de cómo se hicieron esas transferencias y quién estaba detrás realmente de las mismas y del dinero ingresado en la cuenta de MLM, ya que se suscita la razonable duda de que el discapacitado no pudo, ni sabía, hacerlo por sí mismo, existiendo la sospecha que detrás de esa maquiavélica y fraudulenta maniobra se encontraban miembros afines a la candidatura de la Sra. Sáenz de Buruaga, extremo que se conoceré al practicarse las pruebas acordadas.

La propia Mª José Sáenz de Buruaga, al día siguiente de denunciarse los hechos y salir en la prensa, defendió su legalidad y reconoció que Laredo era un punto estratégico para su opción a elección como Presidenta del partido.

Además, el PP deberá detallar los nombres, apellidos y DNI de los 491 afiliados beneficiados por el pago de sus cuotas por un MLM;a qué municipios del partido se encontraban adscritos cada uno de ellos y aportar los consentimientos o autorizaciones de cada uno para que MLM pagara su cuota en su nombre, cuestiones relevantes para saber si hubo vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos, argumento que, de confirmarse, llevaría presumiblemente a la estimación íntegra o, al menos, sustancial de ambas demandas, ya que, incluso, el propio partido reconoce expresamente que la cesión de datos personales inconsentida es una conducta prohibida por citada Ley. También deberá aportar las preceptivas hojas de preinscripción para participar en esas elecciones de esos afiliados.

Esa información trascendente a aportar por el PP deberá hacerse en breves días ya que, de hecho, un informe de su asesoría jurídica del partido obrante en los Autos señala que toda la documentación del proceso electoral debe permanecer en la sede del PP en Cantabria por lo que es evidente que dispone de toda esa información y el partido demandado no puede o debe obstruir la acción de la Justicia si quiere evitar la imposición de una sanción e, incluso, la imputación de una posible responsabilidad penal, al margen de la valoración probatoria en su contra por parte de la magistrada a la hora de resolver.

Esa prueba y la que resulte de la información que tiene que proporcionar el banco en cuya sucursal tenía su cuenta MLM servirán para esclarecer en gran medida los hechos más relevantes en la resolución de esta contienda judicial, cuyo juicio ha sido señalado para el 15 de mayo, siendo el transcurso del tiempo, precisamente, uno de los argumentos de que podría hacer valerse la actual dirección regional del partido en Cantabria para tratar de hacer olvidar lo que sucedió hace unos meses y que está bajo sospecha fundada y en manos de la justicia.

En efecto, para la Sra. Sáenz de Buruaga este proceso judicial no importa a los ciudadanos de Cantabria. Sin embargo, parece razonable pensar que sí debe preocupar, y mucho, a la propia Sra. Sáenz de Buruaga, si finalmente se demuestra que su candidatura ganó ese proceso electoral con trampas, lo que le restaría credibilidad a su persona como cargo o representante institucional y le obligaría a adoptar decisiones y responsabilidades desde el punto de vista político.

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