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ANTE EL DÍA DE LAS INSTITUCIONES EN PUENTE SAN MIGUEL: MERINO MAYOR DE LOS NUEVE VALLES

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Loable ha sido la iniciativa que ha tomado el ayuntamiento de Reocín al crear esta figura simbólica. Ello ha sido debido a las iniciativas que se están desarrollando en ese municipio para darle un giro a la celebración del 28 de julio, día de las Instituciones de Cantabria, que se celebra en Puente San Miguel en esa fecha.

Yendo al motivo esencial de este tipo de cargo, de todos es conocido la función que los tales merinos desarrollaban en la Edad Media y Moderna en lo que se denominaron Merindades, distribución administrativa surgida en aquellos años en que, a partir de la Reconquista, se iban modulando los estados cristianos. Crear estructuras de gobierno, al tiempo que se avanzaba en la recuperación del terreno patrio. De este modo, esas divisiones necesitaban de un orden a partir de la autoridad real o la compartida con los señores que, al amparo de las disposiciones regias, quedaban cuidando de los administrados.

Varias eran las funciones y algunos los funcionarios de estas instituciones creadas al amparo de la formación de los reinos. Y no nos queremos remontar al “Fuero Juzgo”. viemos ya muchos iueces e muchos merinos. Centrándonos en la figura de “merino”, hablaremos de su etimología. Podían los de Reocín haber utilizado también los rasgos de “sayón”, contemporáneo del merino. Sayón, por alguacil, “oficial subalterno de la administración de justicia”. Ya Quevedo en su celebrado soneto “A una nariz” la compara y la define como “sayón y escriba” aunque, en el caso del prócer del siglo de oro, más se refería a prenda de vestir.

Sea como fuere, bien pudo haberse escogido esa voz de “sayón” por alguacil. También merino chico es equivalente a este alguacil. Pero los de Puente San Miguel ahondaron en la búsqueda de un personaje simbólico, para ensalzar los valores cántabros de gentes o entidades amantes de nuestra región: la nominación de esta figura como Merino Mayor.

“Eran nombrados por el rey para hacer justicia en una porción de territorio (merindad) y tenía las mismas atribuciones que los adelantados”. Así lo apunta el diccionario Espasa. Más adelante abunda en que “los merinos menores eran los puestos por los adelantados o por los merinos mayores…teniendo en lo civil el cargo de ejecutar lo que mandaban los adelantados o los alcaldes y ejerciendo jurisdicción en lo criminal en los casos voz de rey.

Y Joan Corominas, en su diccionario etimológico de la lengua castellana, se expresa así: “especie de gobernador” y lo fecha en 1030. Añade que procede del latín MAJORINUS, perteneciente a la especie mayor (en cualquier materia) aplicado en la Edad Media a las autoridades.

Amalio Marichalar, Marqués de Montes y Cayetano Manrique en su “Historia de la legislación y recitaciones del derecho civil de España”, apuntan otra descripción muy acorde con lo que hemos expresado precedentemente. Dicen que “estos jueces se llamaban mayorinos, nombre que luego se adulteró en el de Merino, de donde cada distrito en que funcionaban  tomó el título de Merindad”. Y añadimos nosotros, para no perder el hilo, que las Asturias de Santillana o de los Nueve Valles era en rigor una Merindad, como podemos encontrar en infinidad de documentos referidos a estos territorios.

Es de rigor reconocer que no siempre los merinos ejercían con seriedad y probidad su función, porque Juan Sempere y Guarinos, en la “Historia del Derecho Español”, en su página 325 decía que en los pueblos donde debiera haber merinos tuvieran a su lado buenos alcaldes, para asesorarse con ellos. Y más adelante que los adelantados y merinos no prendieran ni mataran hombre alguno, sin ser sentenciado antes por los alcaldes”…

Nuestra región estaba formada por diversas merindades (circunscripción de un merino) o, para ser más exactos, la RAE dice “sitio o territorio de la jurisdicción del merino”; lo recoge también nuestra Gran Enciclopedia de Cantabria: “en 1351, según el Becerro de las Behetrías, las tierras de nuestra región se distribuían entre las Merindades de Liébana, Asturias de Santillana, Aguilar de Campoo y Castilla Vieja”.

Ya en el “Ordenamiento sobre la Administración de Justicia” hecho en las Cortes de Toro celebrada bajo los auspicios de Enrique II en la era 1409 (año 1371) se refiere a la condición de merinos: otrosí ordenamos e mandamos que los merinos que son puestos por los merinos mayores que non puedan poner otros merinos por sí, e el merino que posier por sí el merino mayor o el adelantado que dicho es de suso, que non ponga en la merindad otro merino por sí e que este merino de la merindat, que non tome más de un maravedí de la bona moneda por entrada, e que non la tome mientras fuere merino más de una vegada…

Es conocida también la evolución del término o función del Merino hacia el Corregidor, aunque, en ocasiones, se solapaban ambos cargos; posteriormente Alcalde Mayor, figura representativa a tener en cuenta. A estos efectos, en nuestra opinión, los munícipes de Reocín han perseguido el efecto eufónico que sin duda tiene Merino Mayor, es decir, lo que se conoce como “sonoridad agradable que resulta de la acertada combinación de los elementos acústicos de las palabras”, en contraposición a Alcalde Mayor, al margen de la oportunidad para decantarse por el primero, en detrimento del segundo. Cuestión de opciones.

Hechas estas disquisiciones semántico-históricas, nos queremos centrar en el hecho de que el Ayuntamiento de Reocín ha optado por crear la figura de Merino Mayor.  Según se desprende del resultado del pleno celebrado el dos de mayo del presente año 2016, que se refiere a : “Modificar el Reglamento actual de Títulos, Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Reocín, con el objeto de crear la figura de “Merino Mayor de los Nueve Valles” para que sea un reconocimiento a aquellas personas o colectivos que hayan destacado singularmente por sus cualidades personales, sus méritos profesionales y sus servicios en la promoción en cualquier ámbito de las virtudes de la Comunidad Autónoma de Cantabria”.

Hemos escrito el término CREAR, alejándonos de RECREAR. Así lo ha entendido también el consistorio de Bárcena de la Puente o Puente de San Miguel del Valle de Reocín, en su acuerdo plenario que citamos más arriba. Es decir, que si bien el concepto de Merino viene al caso de determinar  que cada año se distinga a un cántabro con esta denominación, totalmente simbólica y honorífica, y que es perfectamente sustantiva su existencia, vamos a reducir nuestro aserto al territorio de los Nueve Valles, cuya cabeza visible fue siempre el Ayuntamiento de Reocín, su Casa de Juntas, su cárcel de merindad (de la que hablaremos otro día) y que, a mayor abundamiento, el Gobierno Regional determina que la celebración del 28 de julio radique en ese lugar.

En 1998, el Ayuntamiento de Reocín encargó al historiador Javier Ortiz Real un estudio titulado “REOCÍN-Sus Pueblos y su Historia-“ que a través de su erudición, largamente reconocida, cita lo de Merindad basándose en un documento del 6 de noviembre de 1439 en que el Ayuntamiento de Reocín se dirige al Rey en los términos siguientes: Muy alto Príncipe e muy poderoso Rey e Señor, los conçejos e omes buenos  y escuderos e fijos dalgo e labradores fieles e comunidad del valle de Reoçin , ques en Camesa, de la merindad de Asturias de Santillana…(el subrayado de merindad es nuestro).

Muy acertadamente, Ortiz Real subraya la protesta de las gentes de Reocín en ese mismo año, cuando Iñigo  López de Mendoza quiere imponer por la fuerza los oficiales de justicia; nos acogemos a lo que este historiador destacó en cursiva lo que sigue en relación con aquella imposición : …y en el valle de Reoçin pusieron por su alcalde por fuerça y contra su voluntad aunque no quiso a Ruy Fernández de Valles, y por merino a Gutierre de la Vega, vezino de Reocín.

No quedó así la cosa resuelta, toda vez que en 1555 (seguimos con Ortiz) <el Gobernador del Marquesado de Santillana, en nombre del Duque del Infantado: puso en el valle de Reocín a García Sánchez Prieto por alcalde y por merino a Juan Sánchez de Tagle y por escrivanos a Juan de Cavanzón y a Gonzalo de Castañeda.>

Dos botones de muestra que atestiguan la existencia de Merino en el propio valle de Reocín. En definitiva, bueno es que las instituciones, especialmente los Nueve Valles que conformaron aquel comienzo de nuestra tierra como preludio de una provincia y más tarde región, tomen conciencia de que el  giro que se pretende protagonizar a partir de Reocín, como cabeza singular de ese grupo, arribe al buen puerto de los éxitos populares, con espíritu de permanencia, lejos de avatares políticos.

En ese objetivo están trabajando y de ahí la loa con la que encabezamos este escrito.

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