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2 millones de euros para rehabilitar edificios públicos y su entorno

El consejero de Obras Públicas y Vivienda, José María Mazón presenta la convocatoria que prevé un límite de 60.000 euros por municipio. Obras Públicas pone a disposición de los ayuntamientos y juntas vecinales

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25-05-2016

Imagen de la presentación de las ayudas para rehabilitación (Foto: Miguel López)

El consejero de Obras Públicas y Vivienda, José María Mazón, ha anunciado, junto con  el director general de Vivienda, Francisco Gómez, la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) de una orden que pone a disposición de los ayuntamientos y juntas vecinales un total de 2 millones de euros para la rehabilitación de los edificios públicos municipales, no educativos ni sanitarios, y su entorno.

Mazón ha detallado esta iniciativa de su departamento y ha animado a todos los ayuntamientos y juntas vecinales a presentar proyectos y aprovechar esta oportunidad que implicará, junto con la recuperación de espacios municipales degradados, la creación de empleo en los municipios de la región que participen en la convocatoria.

De acuerdo con esta orden del Gobierno de Cantabria,los ayuntamientos y las juntas vecinales podrán optar a una serie de subvenciones, con un límite de 60.000 euros para cada uno de ellos, que les facilitarán la financiación de los gastos de rehabilitación, reforma, reparación, conservación, mantenimiento y mejora de los edificios públicos destinados tanto al uso general como al funcionamiento operativo de los servicios municipales, junto con las inversiones que estos proyectos conlleven en la urbanización de su entorno.

La concesión se efectuará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva y el importe de la subvención que se podrá conceder a cada ayuntamiento o junta vecinal será del 100% del gasto subvencionable, con un límite de sesenta mil euros.

Antecedentes

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda tiene entre sus competencias la colaboración con los programas de actuación en infraestructuras de titularidad municipal en materia de edificios públicos. Esta capacidad se puede materializar directamente a través de las consignaciones presupuestarias o indirectamente por medio de subvenciones reguladas mediante la aprobación de las bases y la correspondiente convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Las subvenciones tienen por finalidad colaborar en la mejora del parque de edificaciones públicas destinadas al uso general y al funcionamiento operativo de los servicios, con la excepción de los dedicados a usos educativos o sanitarios, mediante la financiación de actuaciones competencia de las entidades locales que contribuirán a dinamizar e impulsar la actividad económica en el ámbito de la edificación, rehabilitación y modernización de los edificios a través de la mejora de sus condiciones de accesibilidad y su eficiencia energética.

Gastos subvencionables

De acuerdo con esta orden, se consideran gastos subvencionables aquellos que tengan por objeto la rehabilitación, reforma, reparación, conservación, mantenimiento y mejora en los edificios públicos (100 % del coste); los gastos de inversión necesarios para la urbanización y reurbanización complementaria (20%) y los honorarios correspondientes a los profesionales intervinientes en la redacción de los proyectos, la dirección de las obras y la elaboración de informes técnicos y certificados precisos (4%).

La solicitud de ayudas se dirigirá al consejero de Obras Públicas y Vivienda del Gobierno de Cantabria y la presentación se extenderá hasta el 16 de junio de 2016. Las solicitudes tendrán que resolverse, por parte del Gobierno regional, en el plazo máximo de tres meses.

La fecha de adjudicación de cada contrato de obras tendrá que estar comprendida entre la fecha de concesión de la subvención y los dos meses siguientes a la notificación de la concesión de la misma, mientas que las obras tendrán que realizarse en el período comprendido entre la fecha de adjudicación de cada contrato y el último día hábil del mes de diciembre.

Las solicitudes deberán incorporar, entre otra documentación, una memoria explicativa del contenido del proyecto que se pretende desarrollar, especificando los gastos subvencionables; un reportaje fotográfico del estado actual de las zonas del edificio o urbanización donde se pretende actuar y el correspondiente proyecto técnico de ejecución.