Para facilitar el cumplimiento del convenio, el Santander pondrá a disposición de Ceoe-Cepyme Cantabria y de sus asociados un teléfono 902 para consultas sobre la tramitación y formalización de las operaciones de ICO Directo.
El acuerdo ha sido rubricado por Miguel Mirones, en representación de la patronal cántabra, y por Carlos Hazas, en representación del Banco Santander.
Así, y con el fin de facilitar el cumplimiento del convenio, el Santander pondrá a disposición de Ceoe-Cepyme Cantabria y de sus asociados un teléfono 902 para consultas sobre la tramitación y formalización de las operaciones de ICO Directo.
Además, Santander facilitará a Ceoe-Cepyme Cantabria una relación de oficinas para la formalización de las operaciones aprobadas, indicando el código postal para facilitar la selección de la oficina más cercana al interesado.
Por su parte, la patronal cántabra asesorará a sus asociados en la tramitación del ICO Directo, que se realizará a través de la web de ICO creada al efecto. Además, Ceoe-Cepyme Cantabria aconsejará a sus asociados que seleccionen, en la solicitud de la operación, a Santander como banco para la formalización de las operaciones que haya aprobado el ICO.
EL PROGRAMA
Este programa se caracteriza especialmente respecto de otros en los que interviene el ICO por el hecho de que los recursos de financiación son facilitados directamente por dicho organismo, sin que la entidad financiera mediadora intervenga en la decisión de conceder o denegar los recursos solicitados.
La entidad financiera asesora a los beneficiarios en la canalización de las operaciones y solicitudes y el ICO se ocupa de la formalización de las operaciones y de su administración y seguimiento.
Podrán ser beneficiarios de este convenio las organizaciones empresariales que estén incorporadas en Ceoe-Cepyme Cantabria, sin perjuicio de que la condición de beneficiario de la financiación de ICO Directo estará sujeta al cumplimiento de los requisitos que en cada momento establezca dicho organismo, y por un importe máximo de 200.000 euros, un plazo de hasta siete años si el importe se destina a inversión y de hasta tres años si su destino es conseguir liquidez.
El plazo de duración de este convenio coincidirá con el de la vigencia del Programa de Financiación Directa de ICO, es decir 31 de diciembre de 2011, salvo que cualquiera de las partes decidiera su denuncia.
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