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El Gobierno amplía la moratoria antidesahucios y retira algunas cláusulas suelo

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que aumenta la protección a los colectivos más vulnerables, que quedarían así excluidos de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios

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27-02-2015
GrupoDiariocrítico/Agencias

 

El decreto ley de Mecanismo de Segunda Oportunidad y reducción de cargas financieras contempla que se eleve el limite anual de renta para acogerse al Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios, que pasaría de 19.170 a 22.365 euros en 2015.

Entre los supuestos de especial vulnerabilidad estarán incluidos los mayores de 60 años.También sube el límite del precio de compra de un inmueble, que podrá superar en un 20 % el precio medio que calcula el Ministerio de Fomento, con un límite de 300.000 euros o 250.000 para la dación en pago.

Asimismo, se amplía hasta 2017 el período de suspensión de lanzamientos -desahucios- sobre viviendas habituales de colectivos especialmente vulnerables, que se amplían en términos similares a los previstos para el Código de Buenas Prácticas.

Código de buenas prácticas bancarias: ¿qué es?, bancos adheridos…

En este artículo publicado la semana pasada en Invertia describimos qué es el Código de buenas prácticas bancarias, qué entidades financieras se han acogido, críticas, etc.

Han pasado ya varios meses desde que el Gobierno diera luz verde al Decreto Ley de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos en el que se incluía un Código de buenas prácticas bancarias al que podían unirse, de forma voluntaria, las entidades financieras que consideraran oportuno.

En la actualidad, 101 entidades financieras se han acogido a este código que, una vez firmado, es de obligado cumplimiento al menos durante dos años y podrán ser llevadas ante los tribunales si lo incumplen. 24 Meses en los que, además, deberán dar la máxima publicidad del mismo entre sus clientes y aceptar todos los puntos, incluyendo, por supuesto, la opción de dación en pago para los clientes con menos recursos.

La lista con las entidades que han firmado el Código la publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se actualizará, de nuevo, en los 10 primeros días del mes de octubre.

Hasta el momento, en la lista aparecen todos los grandes bancos (Santander, BBVA, Bankia, Caixabank, Banco Popular, y Banco Sabadell), la banca mediana (Banesto, Bankinter y Banca March) así como los nuevos bancos de cajas (Liberbank, CatalunyaCaixa, Kutxabank, BMN, Novagalicia Banco e IberCaja Banco). También se han adherido al Código algunas cooperativas de crédito como Cajamar o Caja Laboral.

¿Quién puede acogerse al Código de buenas prácticas bancarias?

A continuación describimos los particulares que pueden acogerse al Código de buenas prácticas bancarias:

  • Lo primero que se debe saber es que esta medida sólo se podrá aplicar a las hipotecas de primera vivienda que sean residencia habitual y, siempre y cuando todos los miembros de la familia carezcan de rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas.
  • La cuota mensual de la hipoteca a pagar tiene que ser superior al 60% de los ingresos netos que perciba la unidad familiar que no pueden disponer, además, de otros bienes o derechos patrimoniales.
  • El crédito o préstamo hipotecario debe carecer de avales.
  • La vivienda no podrá valer más de 200.000 euros en las ciudades de más de un millón de habitantes, 180.000 euros en ciudades de más de 500.000 habitantes, 150.000 euros para localidades con más de 100.000 habitantes y 120.000 euros en los núcleos urbanos de hasta 100.000 habitantes.

Si se cumplen todos estos factores sólo entonces se abren tres vías posibles:

  1. La reestructuración de la deuda hipotecaria que contempla un periodo de carencia de capital de 4 años en los que la familia sólo pagará intereses, una ampliación del plazo -hasta un máximo de 40 años- y una reducción del tipo de interés durante el periodo de carencia de Euribor+0,25%.
  2. Si después de esta medida, la cuota a pagar se sigue llevando el 60% de los ingresos con los que cuenta el núcleo familiar, el cliente podría pedir a su banco que estudie si aplica una quita de hasta el 25% del capital pendiente de pago.
  3. Si, finalmente, ninguna de las medidas anteriores logra conseguir que los deudores pueden hacer frente a los pagos de la cuota hipotecaria, éstos podrán solicitar, y las entidades deberán aceptar, la dación en pago como medida liberatoria definitiva de la deuda. Además, la familia tendrá la opción de permanecer en el inmueble en alquiler al menos dos años. A cambio de aceptar la dación en pago, la entidad se beneficiará de desgravaciones en el Impuesto de Sociedades.

Críticas al Código de buenas prácticas bancarias

Seis meses después de su puesta en funcionamiento, el Código de buenas prácticas bancarias no ha parado de recibir críticas. Por el momento no hay datos oficiales de su impacto aunque se espera que, en breve, la Comisión de Control del Código integrada por el Ministerio de Economía, el Banco de España, la CNMV y la Asociación Hipotecaria Española (AHE), de cuenta de si está sirviendo o no para frenar la escalada de desahucios.

A la espera de este informe lo que sí que se conocen ya son los datos de récord histórico de desahucios que se han llevado a cabo en España en el primer semestre del año. Según informa el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en los seis primeros meses de este año se han producido 18.424 desahucios, un 18,5% más que en el mismo periodo del año anterior.

Datos que avalan las quejas que se vierten tanto desde las asociaciones de usuarios de banca como desde las plataformas de afectados por la hipoteca. Y es que, según las cifras que maneja la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), sólo un 20% de las personas que han intentado acogerse al Código han conseguido hacerlo por lo que califica la norma de insuficiente.

Para Adicae, uno de los principales fallos de la medida se encuentra en el precio de la vivienda ya que, consideran que el mínimo impuesto por el Gobierno es muy bajo, teniendo en cuenta, además, que la mayoría de las hipotecas se firmaron en pleno boom inmobiliario, con la escalada de precios que eso supuso. Esta asociación denuncia, además, la falta de información que se da en las sucursales a quien va preguntando por el código.

Adicae advierte, además de que no han querido asumir dicho código las financieras. Muchas de ellas pertenecientes a bancos y cajas de ahorro y que acumulan -dicen desde Adicae- el 7% de las reclamaciones planteadas ante la Plataforma Hipotecaria de la asociación.

Tampoco se han adherido al Código otro tipo de empresas dedicadas profesionalmente a la concesión de créditos hipotecarios, por lo que, en términos generales alrededor de un 15% de los hipotecados no tiene si quiera la opción de intentar acogerse al Código.

Las críticas también llegan desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) quienes denuncian que las condiciones para acogerse a la medida son draconianas, desde el hecho de que todos los miembros de la familia tengan que estar en paro, que la vivienda no pueda tener avalista hasta que el valor del inmueble no pueda exceder un tope.

Para la PAH, el Código de buenas prácticas bancarias ha sido un “lavado de cara” y tan sólo beneficia a las entidades bancarias, ya que, con la refinanciación de la deuda que se propone lo único que se consigue -dicen- es alargar la agonía del hipotecado.

Hay que tener en cuenta que, durante los 4 años de carencia que propone la norma, el hipotecado sólo pagará intereses con lo que la cuota será más asumible, sin embargo, pasado el periodo de carencia durante el cual el cliente no habrá amortizado capital, los intereses globales habrán subido considerablemente.

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca critica, además, que las medidas que introduce el texto no son retroactivas, por lo que los más de 350.000 procesos de ejecución hipotecaria iniciados no podrán beneficiarse de él. Ejecuciones que se iniciaron la mayoría, además, por deudas superiores a los 200.000 euros, lo que demuestra, a su juicio, que la mayoría de las viviendas valen más de los mínimos estipulados por el Gobierno.

Pero las quejas de la PAH no se quedan ahí. La Plataforma también denuncia que la puesta en marcha del Real Decreto Ley que incluye este Código ha sido utilizado por las entidades financieras como una excusa para paralizar las negociaciones de dación que tenían en marcha al alegar que los clientes no cumplían con los requisitos exigidos por la nueva norma.