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El Supremo confirma la retoactividad total de la "cláusulas suelo"

El Tribunal Supremo ha dictado en el día de hoy dos importantísimas sentencias sobre cláusula suelo que, en opinión de Unive Abogados, tendrán gran incidencia en la resolución futura de los casos acerca de esta problemática

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El Supremo confirma la retoactividad total de la "cláusulas suelo"
15-02-2017

©Unive Abogados

Por un lado, nuestro Alto Tribunal ha aplicado la reciente doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y al ratificar la nulidad de una cláusula suelo impuesta por una de las entidades absorbidas por BBVA, ha obligado a ésta a devolver al cliente todo lo abonado en virtud de la citada cláusula, por lo que la obtención de la nulidad de la cláusula suelo supondrá recuperar todo lo abonado por su debida aplicación. Este fallo supone el reconocimiento por parte del Tribunal Supremo del error cometido en su sentencia de mayo de 2013 –y las posteriores con similares efectos- al permitir que una cláusula declarada nula mantuviera sus efectos parcialmente, lo cual vulneraba la normativa de protección de los derechos de consumidores y usuarios.

 

Por otra parte, tras varias sentencias en las cuales el Tribunal Supremo había declarado la nulidad de todas las cláusulas suelo que había analizado por haberse incorporado a los préstamos hipotecarios con falta de transparencia, el Alto Tribunal ha declarado válida una de estas cláusulas, confirmando así lo que desde Unive Abogados veníamos avisando al interpretar sus resoluciones anteriores: que la nulidad habrá de declararse caso por caso.

 

A pesar de que nuestro Alto Tribunal ha fijado unos estándares de transparencia muy elevados en su uniforme jurisprudencia sobre cláusulas suelo, que hacen que en la práctica la inmensa mayoría de estas cláusulas puedan considerarse abusivas, esta novedosa sentencia –cuyo contenido íntegro se conocerá en los próximos días- ha considerado que la cláusula examinada era transparente y, por lo tanto, perfectamente válida, al entender que el banco cumplió con sus obligaciones de información, siendo el cliente perfectamente consciente de su existencia, así como de las implicaciones que la misma conllevaba.

 

En resumen, se confirma que la obtención de la nulidad de la cláusula suelo supondrá recuperar todo lo abonado por su indebida aplicación, incluso para aquellos clientes de las entidades a las que afectó la célebre STS de mayo de 2013, aunque su falta de transparencia habrá de analizarse caso por caso, circunstancia ésta que será aprovechada por las entidades bancarias para rechazar muchas de las reclamaciones extrajudiciales realizadas con motivo del Real Decreto aprobado recientemente por el Gobierno sobre esta materia e intentar convencer al consumidor de la validez de su cláusula, por lo que la obtención de un asesoramiento especializado cobra mayor importancia.