La caída de beneficios o la previsión de pérdidas, nuevas causas de despido objetivo

La Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados ha aprobado con los votos a favor del PSOE, frente al rechazo de PP, ERC-IU-ICV y BNG y las abstenciones de CiU y PNV, el dictamen del proyecto de ley de reforma laboral

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MADRID, 29 Jul. (EUROPA PRESS) -


   La Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados ha aprobado con los votos a favor del PSOE, frente al rechazo de PP, ERC-IU-ICV y BNG y las abstenciones de CiU y PNV, el dictamen del proyecto de ley de reforma laboral, tras incorporar una serie de enmiendas que concretan las causas económicas para el despido objetivo, de 20 días de indemnización, que podrá justificarse por pérdidas "actuales o previstas" o la disminución relevante de beneficios.

   El PSOE pactó treinta y tres enmiendas con el resto de grupos y perdió dos votaciones, aunque el balance de toda la oposición fue muy negativo sobre el texto que ahora se remite al Senado, donde se debatirá en la semana del 23 de agosto, con vistas a que, si se introducen enmiendas, regrese a la Cámara Baja para ser votado en Pleno el 9 de septiembre, 20 días antes de la convocatoria de huelga general.

   En la recta final de la negociación, el PSOE pactó con el PNV concretar las causas que permitan acogerse al despido objetivo por causas económicas con 20 días de indemnización, que, aunque incluye los supuestos de existencia de pérdidas "actuales o previstas" y una disminución "persistente" de beneficios, los condiciona a que "puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo". Asimismo, elimina la alusión a la "falta de liquidez".

   El texto aprobado señala además que la empresa tendrá que acreditar los resultados alegados y justificar que de los mismos se deduce la "razonabilidad" de la decisión extintiva para "preservar o favorecer" su posición competitiva en el mercado.

REDUCIR UN 25% EL ABSENTISMO POR ENFERMEDAD

   Asimismo, el Congreso refuerza el papel de los inspectores de la Seguridad Social en los procesos de incapacidad temporal, de manera que podrán emitir un alta médica de forma más rápida que la de los médicos de las mutuas, y serán los únicos competentes, "a través de sus propios médicos", para emitir una nueva baja médica si la situación se produce en un plazo de ciento ochenta días siguientes y deriva de la misma o similar patología.

   El objeto de esta medida es "evitar una prolongación innecesaria de las bajas" y, según adelantaron fuentes socialistas a Europa Press, contribuirá a reducir en un 25% el absentismo de las empresas.

   Además, se modifican las condiciones que justifican el despido por motivos de absentismo laboral, que la ley mantiene en un límite del 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, o el 25% a lo largo de cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de un año, aunque rebaja el umbral con el que se calcula en relación con la media de la plantilla, que los socialistas plantean rebajar ahora del 5% al 2,5%.

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