Como es el incremento de las pensiones de viudedad
Desde el uno de agosto se aplican los incrementos de estas pensiones. No todas las personas pueden beneficiarse de la mejora. La revalorización de las pensiones aplicada en agosto beneficia a las personas jubiladas a 1 de enero
Cada cambio en las pensiones genera cierta confusión. Comentarios, rumores, imaginarios… lo mejor es atender a lo que dice la ley y alas normas fijadas. Las mejoras que se han podido sentir en las pensiones en el mes de agosto son sensibles en el caso de las de viudedad. Esto se debe a que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 activa, por fin, algunos de los aspectos fijados en la reforma de 2011.
Un Real Decreto (el 900/2018 de 20 de julio) ha regulado el incremento de las pensiones de viudedad que se hará en dos tramos: desde el 1 de agosto se aumenta la base reguladora con el que se calculan estas pensiones del 52% al 56%; desde el 1 de enero de 2019 ese porcentaje llegará al 60% de la base reguladora.
Pero no todas las personas con pensión de viudedad han sentido ese incremento porque el decreto señala unos requisitos mínimos para ser beneficiario:
Tener 65 años cumplidos o más.
No tener derecho a otra pensión pública española o extranjera (sea cual sea su cuantía).
No percibir ingresos por la realización de algún trabajo, por cuenta propia o ajena.
No disponer en el ejercicio 2018 de rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas superiores a 7.346,99 euros al año.Es importante saber que si se aplica el incremento a una persona que cumple con estas condiciones, pero alguna de esas situaciones cambia, el aumento se pierde desde el primer día del mes siguiente al incumplimiento y se regresa a la base reguladora del 52%.
Todas las pensiones de viudedad efectivas a 31 de julio han sido revisadas de oficio por la Seguridad Social, pero si una persona es beneficiaria una de estas pensiones después del 1 de agosto, debe solicitar el incremento y acreditar las condiciones exigidas.
También es importante tener en cuenta que a las personas beneficiarias y que tengas cargas familiares ya se les calculaba la pensión de viudedad sobre el 70% de la base reguladora, así que no sentirán la mejora ya que el decreto determina que no podrán acumularse.
CCOO ha cuestionado elementos de esta mejora, especialmente cuando la persona beneficiaria de una pensión de viudedad cuenta con algún complemento a mínimos, ese complemento podría ser absorbido por la mejora y no ver ningún aumento en lo recibido cada mes. Por eso, Pensionistas de CCOO insiste que antes de mejorar el porcentaje de la base reguladora sobre el que se calcula la pensión, hay que lograr que se mejore la pensión mínima.
La revalorización
Más allá de las pensiones de viudedad, en la mensualidad de agosto todas las personas jubiladas han visto aplicada la revalorización contemplada en los presupuestos generales y que es retroactiva al 1 de enero de 2018. Los aumentos mensuales son del 1,35%, en general, y del 2,75% en las pensiones mínimas, pensiones no contributivas y SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez).
Es decir, toda persona beneficiaria de jubilación o pensión a 1 de enero de 2018 han recibido a finales de julio el abono de los atrasos entre enero y julio.
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