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La Sala de lo Contencioso-Administrativo mantiene el derribo de Las Llamas I de Argoños

• Confirma el auto del Juzgado que rechazó modificar el modo de ejecutar el derribo de la urbanización, al no alcanzarse un acuerdo entre todas las partes

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03-07-2015

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha decidido mantener la ejecución del derribo de la urbanización Las Llamas I de Argoños en el modo en que fue acordado en distintas resoluciones de 2011, esto es, a cargo de la empresa pública Tragsa.

El tribunal confirma así el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santander, que el pasado mes de enero resolvió mantener la ejecución a cargo de Tragsa, rechazando la solicitud del Ayuntamiento de modificar este mecanismo.

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Explicaba el magistrado de instancia en su auto que “la propuesta formulada nunca ha llegado a concretarse, ni en las formas, ni en el calendario, ni menos aún en los medios financieros”.

“Todo queda pendiente de futuribles, como el contenido del nuevo Plan General de Ordenación Urbana o la voluntad de los futuros gobiernos autonómicos de asumir o no el coste; es decir, aprobar la propuesta supone suspender de facto la ejecución a la espera de acontecimientos y buenas voluntades”, añadía el juez en su auto.

Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo respalda la tesis del magistrado de instancia, cuyo auto califica de “impecable”, y señala que “no siendo posible adoptar las medidas o medios propuestos por el Ayuntamiento, se debe continuar ejecutando conforme se había previsto anteriormente”.

Además, resalta que la tramitación de este incidente se llevó a cabo “para favorecer una vía consensuada de ejecución en un tema tan sensible y económicamente relevante como éste”, pero dado que “la solución consensuada no fue posible” procede mantener la ejecución en los términos ya fijados.

Finalmente, el tribunal responde a las alegaciones del Gobierno acerca de la diferencia de criterio entre la Sala y el Juzgado, aludiendo a resoluciones en las que sí se han aceptado modificaciones en la forma de ejecutar. La Sala rechaza los casos propuestos por el Gobierno y explica que son supuestos distintos y no vinculantes para el Juzgado.