Diario Digital controlado por OJD

Para borrar el rastro de Internet de un difunto basta con enviar un burofax

Únicamente es necesario que los herederos envíen un burofax identificándose como tal y adjunten una copia del parte de defunción del difunto. El trámite se complica si se ha usado un nickname o un nombre de empresa

Enviar a un amigo
30-10-2014

España se ha convertido en el primer país de Europa y el segundo del mundo, después de Brasil, con mayor cantidad de usuarios de redes sociales, según datos de la entidad pública Red.es. Una investigación realizada por IAB Spain desvela que el 77% de los usuarios accede a diario a sus perfiles y tenemos como media 3,6 cuentas abiertas. ¿Pero qué hacemos con esos perfiles cuando un ser querido fallece?

Para borrar el rastro en Internet de un difunto, únicamente es necesario que los herederos envíen un burofax identificándose como tal y adjunten una copia del parte de defunción del difunto, para que las páginas web o redes sociales en las que participase el difunto borren la información sobre el mismo.

"Debe ser un trámite sencillo", según afirma el perito ingeniero informático Javier Rubio, colegiado en el Colegio de Ingenieros en Informática de Madrid. "La situación se complica en caso de que el difunto tuviese actividad anónima bajo un seudónimo (nickname) en foros de la red o actividades empresariales", en cuyos casos, explica Rubio, sería necesaria "la atención y asesoría personalizada de un perito informático para eliminar por completo el rastro del difunto de Internet".

Asimismo, Rubio también afirma que "aún están por ver las implicaciones que puede tener en relación a los difuntos, la reciente sentencia del TJUE sobre el derecho al olvido, que obliga a los buscadores a retirar enlaces perniciosos para la reputación de los usuarios a petición de éstos".