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¿Qué deducciones autonómicas te puedes aplicar en la Declaración de la Renta por residir en Cantabria?

El acogimiento familiar de menores, el arrendamiento de vivienda habitual o la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades son algunas de las deducciones de esta comunidad, explica la AECE

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19-04-2018

Según la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España, además de las deducciones estatales, hay una larga lista de deducciones autonómicas que se pueden practicar sobre la parte autonómica de la cuota del impuesto sobre la renta. Estas varían según cuál sea la comunidad donde tiene su residencia fiscal. Cantabria es una comunidad autónoma que ha hecho uso de sus competencias y, por lo tanto, regula deducciones propias de aplicación a los contribuyentes que tengan su residencia habitual en este territorio. 

El contribuyente residente en Cantabria deberá verificar si cumple determinados requisitos y atender a las limitaciones impuestas por la normativa para aplicar alguna de las siguientes deducciones autonómicas en la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2017: 

  • Deducción IRPF acogimiento familiar de menores Cantabria ejercicio 2017: Se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por acogimiento familiar de menores de 240 euros con carácter general, o el resultado de multiplicar 240 euros por el número máximo de menores que haya acogido de forma simultánea en el periodo impositivo. En todo caso, la cuantía de la deducción no podrá superar 1.200 euros.
  • Deducción IRPF arrendamiento vivienda habitual Cantabria ejercicio 2017: Se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por arrendamiento de vivienda habitual del 10%, hasta un límite de 300 euros anuales (600 euros en caso de tributación conjunta) de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual.
  • Deducción IRPF cuidado de familiares Cantabria ejercicio 2017: Se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por el cuidado de familiares de 100€ por cada descendiente menor de tres años, por cada ascendiente mayor de setenta, y por cada ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano con discapacidad física, psíquica o sensorial que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Deducción IRPF donativos fundaciones o Fondo Cantabria Coopera o a asociaciones discapacidad Cantabria ejercicio 2017: Se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera o a asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad. En este sentido, los contribuyentes podrán deducir el 15% de las cantidades donadas a fundaciones domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria que persigan fines culturales, asistenciales, deportivos o sanitarios o cualesquiera otros de naturaleza análoga a éstos. Asimismo, los contribuyentes podrán deducir el 12% de las cantidades que donen al Fondo Cantabria Coopera. 
  • Deducción IRPF gastos de enfermedad Cantabria ejercicio 2017: Se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por gastos de enfermedad. En este sentido, el contribuyente se podrá deducir un 10% de los gastos y honorarios profesionales abonados durante el año por la prestación de servicios sanitarios por motivo de enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez, tanto propios como de las personas que se incluyan en el mínimo familiar y/o un 5% de las cantidades pagadas durante el año en concepto de cuotas a mutualidades o sociedades de seguros médicos no obligatorios, tanto propios como de las personas que se incluyan en el mínimo familiar.
  • Deducción IRPF adquisición acciones y participaciones sociales nuevas entidades Cantabria ejercicio 2017: Se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación del 15% (con un límite de 1.000 euros anuales) de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en las sociedades mercantiles que revistan la forma de Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral y que tengan la consideración de PYMES.
  • Deducción IRPF obras de mejora viviendas Cantabria ejercicio 2017: Se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por obras de mejora en viviendas del 15% de las cantidades satisfechas en obras realizadas, durante el ejercicio fiscal, en cualquier vivienda o viviendas de su propiedad, siempre que esté situada en la Comunidad de Cantabria, o en el edificio en la que la vivienda se encuentre. No obstante, no darán derecho a practicar esta deducción las obras que se realicen en viviendas afectadas a una actividad económica, plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos. La deducción tendrá un límite anual de 1.000 euros en tributación individual y 1.500 en tributación conjunta. Estos límites se incrementarán en 500€ cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad y acredite un grado de minusvalía igual o superior al 65%.

Desde la Asociación de Expertos Contables y Tributarios de España (AECE) les aconsejamos acudir a los profesionales. Las prisas por cobrar la devolución y confirmar el borrador de inmediato pueden jugar malas pasadas. Los propios técnicos de Hacienda recomiendan repasar el borrador antes de validarlo, reconociendo que hay errores, omisiones e imprecisiones que pueden impedir beneficiarse de las reducciones y deducciones fiscales. Estos fallos y omisiones perjudican especialmente a quienes no cuentan con un Experto Tributario.

Sobre AECE

La Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España (AECE), tiene como finalidad agrupar profesionalmente a los ejercientes de la Contabilidad y la Tributación con el objetivo de proteger, garantizar e impulsar su profesión sobre la base de los principios de responsabilidad, eficacia y progreso, estableciéndose de esta forma una necesaria homologación práctica con los profesionales de esta especialidad en los países del entorno europeo comunitario a los que estamos vinculados, asegurando con ello todas las garantías humanas y técnicas posibles de la profesión de Contable y Tributario.