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Así son los impuestos aprobados para las energéticas, bancos y grandes fortunas

La enmienda 95 de PSOE y Unidas Podemos sirvió para incluir como empresas energéticas a las petroleras, y no sólo eléctricas y gasísticas.

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Así son los impuestos aprobados para las energéticas, bancos y grandes fortunas
26-11-2022


Aprobados, con matices, los impuestos temporales a las energéticas, bancos y grandes fortunas
(Foto: Pixabay)
Viernes 25 de noviembre de 2022

Sin sorpresas, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobaba también la noche del jueves, con 186 votos a favor, 152 en contra y 10 abstenciones, la Proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes especiales por la crisis inflacionaria.

En concreto, supone impuestos temporales a las empresas energéticas, a las entidades financieras y a las grandes fortunas. La iniciativa se remitirá ahora al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.

La iniciativa, que fue votada según el procedimiento de votación pública por llamamiento, como exigió el PP, se ha acordado en los términos en los que fue aprobado el dictamen de la Comisión de Economía al no haberse incorporado ninguna de las enmiendas mantenidas para su debate en pleno, salvo una corrección técnica a la exposición de motivos.

Los impuestos se establecen en el contexto de la fuerte inflación actual, ante la cual los costes generados "han de ser repartidos equitativamente mediante un pacto de rentas", y que tanto el sector energético como el de las entidades bancarias "pueden contribuir a reforzar" dicho pacto.

Impuesto a las energéticas

Para conseguir dicho objetivo, la norma prevé establecer un gravamen temporal energético, que las personas o entidades consideradas operadores principales en el sector deberán satisfacer durante en 2023 y 2024 y su importe será el resultado de aplicar el 1,2% al importe de la cifra de negocios neta del año natural anterior al de la obligación de pago. Quedan exentas aquellos operadores con una cifra de negocio neta en 2019 inferior a 1.000 millones de euros.

Impuesto a la banca

Por otro lado, se establece también un gravamen temporal a las entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, que se aplicará a todas aquellas cuya suma de ingresos por intereses y comisiones en 2019 supere los 800 millones de euros.

Al igual que en el sector energético, el gravamen será satisfecho durante los años 2023 y 2024. En este caso, el importe será el resultado de aplicar el 4,8% a la suma del margen de intereses y de los ingresos y gastos por comisiones que figuren en su cuenta de pérdidas y ganancias correspondiente al año natural anterior al de la obligación de pago.

Impuesto de las grandes fortunas

Durante la fase de ponencia se acordó incorporar a la proposición de ley las enmiendas número 92, 93, 94, 96, 98, 99, 102, 103, 104 y 105 del PSOE y Unidas Podemos.

Entre las modificaciones se encuentra la del propio título de la iniciativa que ha quedado como "Proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, y por la que se crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias".

Ello responde a la adición del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas como "un tributo de carácter directo, naturaleza personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros".

Las modificaciones

El texto aprobado por la comisión integra el informe de la ponencia al que se han incorporado las enmiendas transaccionales 58 y 65; 55, 61 y 67; 125 y 101, 119 y 121; 112, 113 y 115; y 106. También se han aprobado las enmiendas 56 y 59 del PNV y las enmiendas técnicas 95 y 100 de PSOE y Unidas Podemos.

Por un lado, la enmienda 59 del PNV modifica los apartados 1 y 4 del artículo 2 para especificar que se aplica a "las entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito que operen en territorio español" así como "de las comisiones derivados de la actividad que desarrollen en España" las mismas.

Por otro lado, la enmienda 95 de PSOE y Unidas Podemos sirvió para incluir como empresas energéticas a las petroleras, y no sólo eléctricas y gasísticas.