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Convocadas las ayudas a las colmenas con una prima de polinización

Para las explotaciones apícolas de Cantabria en base a su importante función en el aprovechamiento de los recursos naturales

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Convocadas las ayudas a las colmenas con una prima de polinización
05-08-2019

El Gobierno de Cantabria, por medio de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, ha convocado una prima de polinización destinada a las explotaciones apícolas de Cantabria que se ha publicado hoy en el BOC (Boletín Oficial de Cantabria). Las ayudas, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, tienen un presupuesto de 90.000 euros y el plazo de solicitud finalizará el próximo día 6 de septiembre, es decir, "un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria".

La Consejería de Desarrollo Rural considera que la actividad apícola supone para el medio rural de Cantabria "una valiosa fuente alternativa de rentas, que adquiere una valoración aún mayor si tenemos en cuenta que se centra preferentemente en aquellas zonas de la región más afectadas por el despoblamiento y que su desarrollo es perfectamente compatible con la conservación y mejora del entorno natural". También defiende que "la función polinizadora de las abejas tiene una gran importancia, tanto desde el punto de vista medioambiental - contribuyendo a la conservación de ciertas plantas silvestres y a la mitigación de los efectos del cambio climático - como desde el agrícola, mejorando los rendimientos de las cultivadas", con lo que se considera de alto interés el fomento de dicha actividad.

Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes que tengan la consideración de titulares de explotaciones apícolas, estén inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria y al menos cuenten con 15 colmenas activas debidamente identificadas. El número máximo de colmenas por el que se podrá obtener prima será el menor de los dos que indican el número de colmenas que consten en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas cuando finalice el plazo para presentación de solicitudes, o bien el número de colmenas declarado por el solicitante.

La cuantía máxima que se concederá a los solicitantes será para las personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes debidamente registradas en el Catálogo Regional de Explotaciones Prioritarias, hasta 11 euros por colmena; para el resto de personas jurídicas y comunidades que no estén inscritos en este registro, hasta 9 euros; y para el resto de personas físicas no inscritas en el Catálogo Regional de Explotaciones Prioritarias, ni dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos por la actividad agraria, hasta 7 euros por colmena.

El número máximo de colmenas con derecho a prima por cada persona física será de 500. En el caso de personas jurídicas y comunidades de bienes, este número máximo no podrá exceder de 500 por cada socio o comunero.

Estas subvenciones serán incompatibles con cualquier otra ayuda concedida por ésta u otras Administraciones o entidades públicas o privadas para el mismo fin y dentro del mismo año de concesión de la ayuda.