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ARREPENTIMIENTO PASANDO PRIMERO POR LA CÁRCEL

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La magistrada de la sección 20 de la Audiencia de Barcelona, María del Carmen Zabaleguí, que presidió el breve juicio que se celebró, ha dado 10 días a Oriol Pujol para entrar de forma voluntaria en un centro penitenciario. No obstante, la decisión no es firme, pues cabe recurso, que suspendería el ingreso efectivo hasta que la resolución sea firme, según informan fuentes judiciales. El abogado del exdirigente de CiU, Javier Melero, ha asegurado a este diario que están valorando si recurren o no. El recurso lo debería valorar la misma jueza que ha dictado ahora el auto. El hijo del expresidente Jordi Pujol fue condenado el pasado julio por el intento de amaño en la adjudicación de estaciones de ITV y cobrar comisiones ilegales para favorecer a empresarios amigos. La pena de dos años y medio de cárcel le fue impuesta después de llegar a un acuerdo con la fiscalía a cambio de reconocer la acusación. Los delitos que se le atribuyen son tráfico de influencias, cohecho y falsedad en documento mercantil. En beneficio propio La resolución por la que se le deniega la suspensión de la ejecución de la pena señala que Oriol Pujol cometió dichos delitos "aprovechando su posición de diputado" en el Parlament, utilizando "su posición política" para conseguir "actos administrativos" favorables a sus "intereses económicos y los de los empresarios con los que se había concertado". De ellos, indica la jueza, percibió comisiones a través de empresas de su mujer, que procedió a la facturación de trabajos inexistentes. La Audiencia sostiene que estos hechos son "muy graves" porque el exdiputado, "en vez de prestar el servicio a la sociedad inherente a sus cargos políticos", se aprovechó de los mismos "en su propio beneficio", pues no actuó "en interés del pueblo al que representaba, sino en el suyo propio". Además, relata el auto, "no se trató de una acción aislada, sino de una manera de actuar desde su privilegiada posición política y actividad pública", que se prolongó durante los años 2010 y 2012 y que "solo terminó cuando la estratagema fue descubierta". "Ha supuesto [la actuación del expolítico] un ataque muy importante a nuestro Estado de derecho, pues afecta a su propia esencia y provoca desconfianza en la ciudadanía hacia sus propios representantes", entiende la magistrada. Por esta razón, prima, "por su gravedad", la naturaleza del hecho cometido sobre las circunstancias personales de Oriol Pujol, como su retirada de la política, su estigmatización social y su situación familiar, económica y laboral. "No existe ningún elemento extraordinario que aconseje la suspensión de la pena", insiste. Confianza del ciudadano El auto concreta que a través de la "efectiva ejecución de la pena"; es decir, del ingreso en prisión de Oriol Pujol, "se restablece la confianza del ciudadano en la norma jurídica", lo que no se lograría en caso contrario, pues la suspensión de la condena comportaría "la minimización de actos delictivos graves cometidos por un político que, además, ostentaba el cargo de diputado en el Parlament". La magistrada incide, además, en que la "vida normalizada" del hijo del expresidente de la Generalitat y su "arrepentimiento" (se le rebajó la petición de pena a cambio de su confesión) no va a ser ignorado por la ley", puesto que a partir de su ingreso en prisión se aplicará la normativa penitenciaria a través de la cual se da un tratamiento personalizado a cada interno "con la finalidad de reeducación y reinserción" a la que se refiere la Constitución. Y recuerda que en "fases más avanzadas" del cumplimiento de la condena y si se reúnen determinados requisitos está prevista legalmente la libertad condicional.

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