Diario Digital controlado por OJD

AVIP pide que se pueda fraccionar el pago del IBI en Piélagos

La idea sería añadir un apartado nuevo en dicho artículo 23, donde se recogiera la posibilidad de que el interesado autorice al Ayuntamiento de Piélagos para que éste, de oficio, pueda iniciar el expediente de fraccionamiento para

Enviar a un amigo
AVIP pide que se pueda fraccionar el pago del IBI en Piélagos
29-12-2018

 

 

Luis Antonio Sañudo Gómez, Portavoz del grupo municipal Agrupación de Vecinos Independientes de Piélagos y concejal del Excmo. Ayto. de Piélagos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 91.4 y siguientes del R.D. 2568/86 de 28 de noviembre, donde se aprueba el Reglamente de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales, a través del presente escrito presenta, para su debate y ulterior votación, la siguiente moción, cuya redacción es la siguiente:

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS     

 

El Ayuntamiento de Piélagos da actualmente la posibilidad de pagar el IBI, en seis meses sin intereses. Esta posibilidad se implantó en la gestión tributaria de Piélagos durante la anterior legislatura. Para muchas familias, es la manera de poder afrontar de una manera cómoda, la carga tributaria establecida al efecto.

Dicha posibilidad exige que, año tras año, los interesados deban presentar su solicitud de fraccionamiento para que se aplique en la segunda mitad del año. Pero esta exigencia hace gravoso el procedimiento y genera una actividad burocrática que, de alguna manera, se pudiera simplificar.

Una vez consensuada con los servicios económicos del Ayuntamiento, a los cuales queremos agradecer su esfuerzo e interés, la idea sería modificar la ORDENANZA FISCAL GENERAL del Ayuntamiento, recogida en el BOC /08/03/2017, dentro de su artículo 23, que haría referencia a los fraccionamientos.

La idea sería añadir un apartado nuevo en dicho artículo 23, donde se recogiera la posibilidad de que el interesado autorice al Ayuntamiento de Piélagos para que éste, de oficio, pueda iniciar el expediente de fraccionamiento para el año siguiente.

Entendemos que, incluyendo esta modalidad conseguimos dos objetivos, una sería facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte del sujeto pasivo, y, por otro lado, como la petición se realizaría de una vez, se eliminaría el recurrente trabajo administrativo anual. 

Por lo expuesto, se propone al pleno la siguiente 

PROPUESTA DE ACUERDO

 

  • Modificar el artículo 23 de la Ordenanza General Fiscal del Ayto. de Piélagos, incluyendo un párrafo nuevo al artículo 23. Dicho artículo quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 23.3 SIN PERJUICIO DE LO EXPUESTO EN LOS PUNTOS ANTERIORES, EL INTERESADO PODRÁ AUTORIZAR EN LA SOLICITUD A LA ADMINISTRACIÓN A INICIAR DE OFICIO EL EXPEDIENTE DE FRACCIONAMIENTO PARA EL AÑO SIGUIENTE, DEBIENDO LA ADMINISTRACIÓN EVALUAR LA TRANSITORIEDAD DE LA SITUACIÓN ECONÓMICO FINANCIERA, DICTÁNDOSE LA PERTINENTE RESOLUCIÓN EXPRESA COMO EL LOS APARTADOS PRECEDENTES".