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Cómo instalar paneles en una comunidad de vecinos en Cantabria, ¿qué permisos tengo que pedir y cómo hacerlo?

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Cómo instalar paneles en una comunidad de vecinos en Cantabria, ¿qué permisos tengo que pedir y cómo hacerlo?
26-01-2023

Cada vez son más las comunidades de vecinos interesadas en instalar placas solares en su comunidad. Por eso os traemos una guía para esclarecer en 10 claves las posibles dudas que surgen a los vecinos interesados en instalar paneles solares en su comunidad.

  1. ¿Qué es el autoconsumo colectivo?

El autoconsumo colectivo se da cuando un grupo de consumidores realiza una instalación solar para abastecer las necesidades energéticas de todos. Normalmente es una instalación en un edificio de viviendas, a diferencia del autoconsumo individual que va dirigido a las viviendas unifamiliares.

  1. ¿Permite dividir la energía?

El autoconsumo colectivo permite dividir con diferentes porcentajes la energía generada por una única instalación entre varios propietarios, además de poder habilitar un porcentaje para los gastos comunes de la comunidad (ascensor, bombas…). Desde el punto de vista administrativo se deberá compartir con la comercializadora eléctrica especificando el porcentaje de instalación que irá destinado a cada vecino.

  1. ¿Qué beneficios tiene el autoconsumo colectivo?

Al ser una sola instalación destinada para varias viviendas es más económico que las instalaciones de autoconsumo individual. Además, permite aprovechar el espacio en cubiertas de bloques de viviendas sin que el usuario tenga que tener una cubierta propia. Respecto a la amortización, es rápida y permite al usuario ahorrarse entre un 30-60% de la factura actual de la luz para los gastos comunes.

  1. ¿Hay diferentes tipos de autoconsumo colectivo?

Sí. Existe autoconsumo colectivo sin excedentes, con excedentes y con compensación a través de la red.

Sin excedentes: es el más sencillo ya que la instalación se conecta a la toma de corriente del edificio y se puede beneficiar cualquier vivienda u oficina que esté en él y además no tienen limitación de potencia. Es necesario instalar un sistema de anti-vertido para no inyectar electricidad a la red. Aunque sea sin excedentes existe la posibilidad de que la instalación sea con compensación de excedentes, es decir, que, si hay energía que se está generando por la planta fotovoltaica y no se está consumiendo por los vecinos, la compañía eléctrica les compensa por ello.

Con excedentes: la instalación se conecta en la toma de corriente del edificio y puede enviar la energía que sobre a la red eléctrica para que se te compense por ello. Es igual que la de sin excedentes, pero sin el sistema de anti-vertido. Para poder realizar este trámite la instalación ha de ser de menos de 15 kW. Si es superior hay que pedir permiso de conexión a la compañía distribuidora.

La compensación se resuelve a final de mes, cuando la distribuidora lee el contador de generación neta horaria de la instalación de autoconsumo y proporciona a la comercializadora toda la información para realizar la facturación y compensación.

Con excedentes a través de la red: es el tipo más extendido en instalaciones solares colectivas en deportivos, escuelas… Se hace la instalación en el tejado del edificio, estos centros se abastecen de parte de la energía y el resto se puede repartir entre los vecinos de diferentes edificios a menos de 500 metros de distancia.

  1. ¿Cómo se reparte la instalación?

La instalación colectiva requiere de un estudio de consumo energético de cada vivienda para determinar el porcentaje de instalación que pertenece a cada vecino y que todos queden beneficiados. Tras el estudio se utilizará dicho porcentaje para repartir la instalación, inversión inicial, energía que corresponde a cada uno, coste de mantenimiento… Una vez esté el acuerdo firmado cada vecino se lo manda a su empresa comercializadora para que empiecen a descontarle dinero de la factura. Por el momento solo se puede hacer un cambio de porcentaje al año.

  1. ¿Necesito un tejado propio? ¿Todos los tejados son iguales?

No se requiere de un tejado propio y cualquier persona puede participar siempre y cuando en su edificio haya una instalación de generación de energía.

Por otro lado, todos los tejados no son iguales. Según el tipo de cubierta así será la instalación. Las viviendas con cubierta inclinada es toda aquella con cierto grado de inclinación y suelen ser las que se ven en las viviendas. El 85% de instalaciones corresponden a este tipo de cubierta. Por otro lado, puede ser de cubierta plana y son las que tienen como mucho un 5% de inclinación. Suelen ser las cubiertas de una nueva edificación unifamiliar o vivienda antigua rural o comunidad de vecinos.

Además del tipo de cubierta es necesario tener en cuenta los materiales con los que se construyen estas ya que determinan el tipo de anclaje que se empleará en la instalación. Normalmente las cubiertas inclinadas son de teja árabe, alicantina o pizarra, para las cuales el sistema de anclaje será fijado al forjado de hormigón.

 

Por otro lado, en las cubiertas planas podemos encontrar varios tipos de materiales como el panel sándwich, chapa, hormigón o fibrocemento (este último está prohibido y subvencionado en parte para para la retirada del mismo). Para estos materiales las instalaciones pueden ser lastradas o con anclajes con sujeciones con remaches especiales.

En cualquier caso, cualquier instalación se puede adaptar a las condiciones de cualquier tejado.

  1. ¿Qué elementos de instalación se requieren?

Se requieren de los mismos elementos que para una instalación unifamiliar.

  • Módulos fotovoltaicos: son los paneles solares que convierten la energía del sol en energía eléctrica.

  • Inversor fotovoltaico: situado en la cubierta o en el cuarto de contadores, transforma la electricidad que viene de los paneles solares a la electricidad que se consume en casa.

  • Monitorización: Es un aparato que colocamos en cabecera de la instalación fotovoltaica y nos va a medir de manera instantánea, tanto producción como vertido a red.

  • Protecciones instalación eléctrica: para evitar cualquier fallo y poder realizar tareas de mantenimiento con seguridad.

  • Sistema anti-vertido: es un aparato que evita que se vierta la energía eléctrica de la instalación fotovoltaica a la red. Es obligatorio en las modalidades de autoconsumo sin excedentes.

  • Cableado: los cables que empiezan en los módulos y terminan en la conexión con la instalación eléctrica general del edificio.

 

  1. ¿Deben estar de acuerdo todos los vecinos?

Con el autoconsumo colectivo en un edificio de viviendas se puede cubrir tanto el consumo privado de las viviendas de vecinos como los consumos comunes de la comunidad. Para ponerse de acuerdo y que la instalación vaya adelante se necesita el voto favorable de 1/3 de la comunidad. La inversión es asumida por los vecinos que vayan a participar y ocuparían el espacio en la cubierta común que se haya acordado.

Si la instalación es para los consumos comunes (luz de la escalera, portero automático, ascensor…) se necesita el voto favorable de mayoría simple 50+1. En este caso todos los vecinos asumen la inversión.

  1. ¿Qué permisos necesito?

Suelen ser los mismos que para la instalación de autoconsumo individual. Hay trámites que tienen que ser realizados por el instalador y otros por el usuario.

El instalador deberá solicitar en el Ayuntamiento correspondiente el permiso de construcción. Puede ser una declaración responsable o licencia de obras; emitir el Certificado de la instalación y registrarlo en el órgano autonómico correspondiente; y solicitar un permiso de acceso y conexión a la red eléctrica si la instalación es con excedentes y mayor a 15 kW.

El usuario, ayudado por la empresa instaladora deberá firmar un acuerdo de reparto que incluye el reparto de la instalación para cada miembro, el cual debe entregar el documento