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La PAH presenta una iniciativa popular (ILP) para una ley de vivienda en Cantabria

Pretende recoger 10.000 firmas y lograr que esta proposición sea tenida en cuenta por el Parlamento de Cantabria y pueda llegar a debatirse en Pleno antes del final de la legislatura.

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La PAH presenta una iniciativa popular (ILP) para una ley de vivienda en Cantabria
05-02-2018

La PAH ha presentado hoy una iniciativa legislativa popular (ILP) para que se apruebe una ley de vivienda en Cantabria. Actualmente no existe ley alguna que regule el acceso a la vivienda, la vivienda social y las medidas para evitar que grandes tenedores acopien vivienda vacía. Para lograr este fin la PAH recurre a una ley obsoleta de 1985, que el Gobierno de Cantabria pretende reformar esta legislatura, para recoger 10.000 firmas y lograr que esta proposición sea tenida en cuenta por el Parlamento de Cantabria y pueda llegar a debatirse en Pleno antes del final de la legislatura.
Las razones para la tramitación y aprobación de la ILP son las siguientes:
1. Desde el estallido de la crisis hipotecaria miles de cántabros han sufrido para poder pagar sus hipotecas, muchos no han podido y han padecido ejecuciones hipotecarias.
Un buen número de ellos se han agrupado en asociaciones como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, otros han padecido en silencio el desahucio y la deuda de por vida. La legislación española ha avanzado solo gracias a las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), más de un millón y medio de personas firmaron a favor de la ILP para la dación en pago, que solo sirvió para una pequeña reforma de las leyes pervirtiendo el espíritu de aquella. Por esa razón creemos necesario que se establezcan legalmente medidas que impongan a las administraciones públicas la obligación de poner a disposición, de las personas que pierden su vivienda habitual por impago de su hipoteca, una alternativa habitacional.


2. Extensible a esto es la situación de muchos vecinos y vecinas de Cantabria que no pueden pagar el alquiler, no tienen capacidad económica suficiente como para acceder a uno, acaban viviendo en “infraviviendas” o soportando situaciones que ponen en riesgo su integridad física y moral por carecer de medios para poder fijar su domicilio lejos de la persona agresora. En definitiva, esta Ley pretende dar respuesta a todas aquellas situaciones en las que un ser humano se ve privado o necesitado de una vivienda digna, reconociendo el derecho subjetivo de acceso a una vivienda digna.


3. Se configura el derecho subjetivo a una vivienda digna mediante las siguientes definiciones:
a. Qué es una vivienda social.
b. Quién tiene derecho a ella.
c. Cuando estamos ante un uso antisocial de la vivienda.
d. Qué compone el Parque público de viviendas y cómo se debe gestionar su uso.